Archivo de Abril 2007

Punto de enlace

Abril 30, 2007

El Gobierno de Costa Rica ha designado un punto de enlace permatente para consultas sobre el tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y Centro América.  Buen punto para ser utilizado!

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y el Ministerio de Comercio Exterior han designado un Punto de Enlace Permanente, con el objeto de abrir un canal adicional para la continua divulgación de información y el seguimiento del proceso de negociación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea. 

Diálogo Político y Cooperación Negociación de la Zona de Libre Comercio
  • Punto de Enlace Permanente: Yamna Sauma Ruíz
  • Teléfono 256-8655
  • Fax: 257-6597
  • Correo electrónico: pep@rree.go.cr
  • Punto de Enlace Permanente: Milena Pacheco

  • Teléfono: 299-4958

  • Fax 255-3281

  • Correo electrónico: pep@comex.go.cr

¿Qué es un acuerdo de Asociación?

Abril 30, 2007

El Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea se concibe como un acuerdo integral que implica compromisos mutuos en tres áreas complementarias: Diálogo Político, Cooperación y el Establecimiento de una Zona de Libre Comercio.

El Diálogo Político persigue promover el respeto a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, a los principios democráticos y a los derechos humanos fundamentales, tal como se enuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y al principio del Estado de Derecho que inspira las políticas internas e internacionales de las Partes y constituye un elemento esencial del Acuerdo de Asociación para la profundización del diálogo político sobre cuestiones bilaterales y regionales de interés común, así como adopción de posiciones conjuntas en temas de trascendencia internacional.

Asimismo, la Asociación conducirá hacia una relación y una Cooperación cada vez más estrecha entre las Partes, previendo intensificarse en materia política, comercial, económica, social, cultural y otros ámbitos de interés mutuo; siendo la proveniente de la Unión Europea una de las principales fuentes de cooperación para la región.

El Establecimiento de una Zona de Libre Comercio es de fundamental importancia para consolidar, expandir y mejorar el acceso de nuestras exportaciones al mercado europeo; eliminar las barreras no arancelarias y otras medidas injustificadas que distorsionan el comercio de nuestros productos; facilitar la circulación de bienes y  comerciales con la Unión Europea; establecer procedimientos efectivos y transparentes para la solución de disputas comerciales entre las Partes; promover la competencia mediante el mejoramiento de la productividad y la competitividad de los bienes y servicios de la región centroamericana, así como la creación de un marco jurídico estable y un ambiente propicio para la inversión nacional y extranjera.

Guía básica para entender el Referendo sobre el TLC

Abril 30, 2007

¿Qué es un referéndum? Una consulta popular mediante la cual es el pueblo quien ejerce la potestad de aprobar o derogar leyes y hacer reformas parciales de la Constitución Política. 

¿Qué materias no están sujetas a referéndum?No podrán someterse a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa. 

Pero, ¿el TLC no contiene legislación tributaria?Los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones ha dicho que es evidente que el TLC tiene implicaciones tributarias, pero no es una legislación tributaria típica; es, ante todo, un acuerdo comercial, que usa herramientas fiscales para incentivar el comercio.  

¿Cuales modalidades del referéndum existen?

a) De iniciativa ciudadana: convocado al menos por un cinco por ciento (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral (aprox. 132 mil personas). Esta es la que planteó José Miguel Corrales.

b) Legislativo: convocado por la Asamblea Legislativa mediante la aprobación de dos terceras partes del total de sus miembros.

c) Ejecutivo: convocado por el Poder Ejecutivo junto con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa. Esta es la que está solicitando el Presidente Oscar Arias. 

En resumen, ¿qué implica la alternativa de la iniciativa popular, que plantea Corrales?: 

a)    Aprobada por el TLC la solicitud para recoger firmas, como ocurrió el pasado 12 de abril, el interesado (Corrales) en la convocatoria a referéndum contará con un plazo hasta de nueve meses para recolectar las firmas a partir de la publicación en La Gaceta. 

b)    El interesado podrá solicitar ante el Tribunal una prórroga hasta por un mes más. 

c)    El TSE fijará los lugares para la recolección de las firmas. 

d)    El Tribunal contará con un período máximo de treinta días hábiles para verificar la autenticidad de los nombres, las firmas y los números de cédula.

e)     De resultar no verificable el quince por ciento (15%) de las firmas necesarias para convocar a referéndum, el proyecto de ley o la reforma parcial a la Constitución Política quedará invalidado para dicho fin

f)      Cuando se haya reunido satisfactoriamente un número de firmas equivalente al menos a un (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, se tendrá por convocado el referéndum. 

g)     El TSE hará la convocatoria oficial del referéndum comunicándolo así en La Gaceta, dentro de los siete días hábiles siguientes, y procederá a la organización y demás actos administrativos necesarios para realizar la consulta, la cual deberá efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la publicación del aviso.

h)PLAZO TOTAL (desde que se recolectan firmas hasta que se realiza el referéndum): APROX. 14 MESES. 

En resumen, ¿qué implica la alternativa de la iniciativa popular, que plantea el Presidente Arias?: 

a)   La iniciativa del Poder Ejecutivo tendrá la forma de decreto y contendrá adjunto el texto del proyecto de ley que se desea someter a consulta popular. El decreto será enviado a la Asamblea Legislativa.

b)  La Asamblea, mediante acuerdo aprobado por la mayoría de la totalidad de sus integrantes (29 votos), decidirá someter o no a referéndum.

c)   Si la Asamblea Legislativa no aprueba la propuesta de convocatoria a referéndum, se ordenará su archivo.

d)  Si la Asamblea Legislativa aprueba la propuesta de convocatoria a referéndum, el texto será enviado por el presidente de la Asamblea Legislativa al TSE en un plazo máximo de ocho días hábiles, a fin de que este realice las actividades necesarias para el trámite respectivo.

e)  El TSE hará la convocatoria oficial del referéndum comunicándolo así en La Gaceta, dentro de los siete días hábiles siguientes, y procederá a la organización y demás actos administrativos necesarios para realizar la consulta, la cual deberá efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la publicación del aviso.

f) PLAZO TOTAL (desde convocatoria hasta que se realiza el referéndum): APROX. 4 MESES 

Y cuál mecanismo se utilizará entonces para efectuar el referéndum sobre le TLC, ¿el de iniciativa ciudadana (recolección de firmas planteada por Corrales) o el convocado por el Poder Ejecutivo?Los magistrados del TSE han señalado que eso lo decidirán cuando la Asamblea les envíe el decreto convocado por el Poder Ejecutivo ya aprobado por la Asamblea. Eso sí, aquí es importante tener presente que el proceso de la recolección de firmas (planteado por Corrales) podría extenderse por hasta 10 meses y otros 4 meses más en su revisión, convocatoria, es decir que la realización del referéndum se produciría solo hasta mediados del 2008.

El problema es que Costa Rica tiene como plazo máximo para adherirse al TLC hasta el 1 de marzo del 2008.Cabe recordar además que todos los otros países firmantes del TLC ya lo han suscrito y puesto en marcha (Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana). 

¿Cuál sería la pregunta que deberán responder los ticos en esa consulta popular?

El departamento de Servicios Técnicos del Congreso sugiere: “¿Aprueba usted el Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, suscrito el 5 de agosto del 2004, publicado en el alcance No. 44 de La Gaceta N. 225, del martes 22 de noviembre del 2005? Sí o No”.  

¿Cuáles serán las consecuencias de una votación?

Según la ley, si se supera el umbral mínimo de participación (30 ó 40 por ciento del padrón electoral), la voluntad popular es vinculante. Eso significa que, si gana el “SÍ”, el proyecto (TLC) se transforma en ley. Pero si gana el “NO”, el Tribunal hace la declaración y el proyecto va rumbo al archivo. 

¿Y es el 30% o el 40% de las personas inscritas en el padrón lo que se necesita para que el TLC sea vinculante o de acatamiento obligatorio?

Para la legislación ordinaria (proyecto de ley que debe ser aprobado por los diputados con 29 votos) se requiere que participe en el referéndum por lo menos un treinta por ciento (30%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral para que sea vinculante.Se requerirá de la participación como mínimo del cuarenta por ciento (40%) del padrón cuando se trate de en los asuntos que requieran la aprobación legislativa por mayoría calificada (38 votos).Es decir, tomando en cuenta que el padrón actual lo conforman 2.6 millones de personas, estamos hablando de que sería necesario que acudieran a las urnas entre 780 mil (30%) y 1 millón (40%) de ciudadanos para que el referéndum sobre el TLC sea vinculante.  

¿Y el TLC se aprueba con 29 ó 38 votos?

Eso lo decidirá en primera instancia el presidente del Congreso, Francisco Antonio Pacheco, quien a los medios ha señalado ser del criterio que el TLC requiere para ser aprobado 29 votos.  

¿Qué pasa sino llega a votar el 30 o el 40% de los electores?

Una escasa participación significa únicamente que el pueblo deja la decisión sobre el TLC en manos de la Asamblea Legislativa, porque la ley lo dice así. Se interpretaría que la mayoría decidió no decidir. 

¿Qué previsión hace el TSE de la participación electoral que habrá en este referéndum?

Los magistrados han señalado tener base para creer que el tema generará una mayor participación que las elecciones municipales pasadas (solo el 25%).  

¿Cuál es la mecánica para realizar un referéndum?

Similar a una elección presidencial. Se utilizará una papeleta física y más sencilla. Las juntas receptoras de votos, en su mayoría, se instalarán en escuelas y colegios. Los partidos políticos no integrarían las juntas, solo los delegados del Tribunal. Ahora bien, el TSE no ha definido todos los pormenores. Incluso los magistrados no han cerrado la puerta a la posibilidad de autorizar la participación de fiscales de partidos políticos y promocionar la presencia de observadores para mayor transparencia. 

¿Se realizaría un domingo?

Sí, según la ley, la consulta se efectuará un domingo entre 6 a.m. y 6 p.m.  

¿Y quiénes pueden votar?

Los requisitos para votar son los mismos del Código Electoral: los costarricenses mayores de 18 años, que estén inscritos en el padrón electoral y que porten su cédula de identidad al día. 

¿Quién organiza el referéndum?

Corresponderá al TSE organizar, dirigir y fiscalizar los procesos de realización del referéndum, así como escrutar y declarar sus resultados. 

¿Cuál es la forma de expresar el voto?

La decisión del votante solamente podrá ser “sí” o “no“, o quedar en blanco. Se tendrán por nulas las papeletas que no se ajusten al modelo oficial, las que ofrezcan dudas sobre la decisión del votante y las que contengan tachaduras, raspaduras, enmiendas, interlineados, signos o palabras ajenas a la consulta.  

¿Qué pasa con los votos en blanco o nulos?

Tanto los votos en blanco como los nulos serán computados por el Tribunal como ciudadanos que han participado en el referéndum, para formar parte de los porcentajes de ley. 

Y si yo trabajo ese domingo, ¿podré votar?

A fin de emitir el voto, todos los trabajadores tendrán derecho de ausentarse de su centro de trabajo el día en que se realice el referéndum, durante una hora, la cual será definida por el patrono o superior. Los trabajadores no quedarán sujetos a reducción del salario ni a cualquier otra sanción. 

¿Que pasa después del referéndum?

El TSE, una vez finalizado el escrutinio (15 días), hará la declaratoria oficial de los resultados de este, y los notificará, al siguiente día, al Poder Legislativo.En caso de ser positivo el resultado del referéndum (gana el sí al TLC) y habiendo cumplido los porcentajes requeridos para convertirse en ley de la República, el Poder Legislativo, sin más trámite, le comunicará al Poder Ejecutivo el decreto legislativo, con la razón de que fue aprobado en referéndum, para su inmediata publicación y observancia.Si el resultado del referéndum es negativo, el proyecto (TLC) se archivará sin más trámite. 

RECORDAR: De no alcanzarse el porcentaje de participación necesario, si el referéndum no es vinculante, el TSE enviará el proyecto de reforma a la Asamblea Legislativa, para que continúe el trámite ordinario. 

¿Qué pasa con el transporte el día del referéndum?

El día en que se celebre el referéndum, el transporte publico será gratuito para todos los ciudadanos en todas las líneas y rutas nacionales, las cuales no podrán ser modificadas ese día.  Estos gastos correrán por cuenta del Tribunal. 

¿Establece el TSE prohibiciones para el Poder Ejecutivo, extranjeros y costarricenses durante la campaña previa al referéndum?

Sí, se han establecido las siguientes prohibiciones: 

a)         Se le prohíbe al Poder Ejecutivo, las entidades autónomas, las semiautónomas, las empresas del Estado y los demás órganos públicos, utilizar dineros de sus presupuestos para efectuar campañas a favor o en contra de los textos o proyectos sometidos a la consulta del referéndum; asimismo, queda prohibido usar, para tal fin, dinero procedente del exterior donado por entidades privadas o públicas.

b)         Se le prohíbe a toda persona física o jurídica extranjera, participar en la recolección de firmas, en la solicitud de celebración de referéndum, o en campañas de publicidad o propaganda a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum.

c)         Los particulares costarricenses, sean personas jurídicas o físicas, podrán contribuir, para campañas a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum, con sumas que no excedan de veinte salarios base. 

¿Y qué pasa con las encuestas?

Se prohíbe la publicación, la difusión total o parcial o el comentario de los resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinión, dos días antes de la votación y el día de la celebración del referéndum, así como las operaciones de simulación de voto realizadas a partir de sondeos de opinión, directa o indirectamente relacionados con la consulta sometida a referéndum. 

¿Ejercerá el TSE control sobre el dinero que se invierta en propaganda y publicidad a favor y en contra del TLC?

Los medios de comunicación deben reportarle al Tribunal los datos de quién les contrató campos pagados y cuánto pagó. Si se demuestra que esa persona es testaferro de una fuente de financiamiento extranjera, sería objeto de investigación y sanción penal. Si alguien tiene pruebas de que se utilizan a ciudadanos costarricenses para canalizar dinero del exterior, debe denunciarlo.  

¿Cuánto costará este referéndum?

El Tribunal calcula que en total el costo de organizar el referendo para el TLC con Estados Unidos ascendería a ¢1.500 millones. 

¿La convocatoria a un referéndum impide que el TLC se siga tramitando en la Asamblea Legislativa?

No, el mismo Tribunal estableció claramente en su pronunciamiento que: “se aclara que la autorización conferida (de recolectar firmas) no suspende la tramitación legislativa del referido proyecto”. Es decir que el TLC podrá seguir su tramitación mediante procedimientos abreviados, como el procedimiento del artículo 41 bis que se está a punto de usar en la Asamblea.  

¿Y se suspende la discusión de la agenda de implementación?

No. Así como el TSE expresó que no se suspende la tramitación del TLC en la Asamblea, la agenda de implementación seguirá su tramitación normal, muy pronto estarán los dictámenes de las comisiones especiales y posteriormente irán a plenario para que se pueda usar el mecanismo de procedimiento abreviado que se establece para su aprobación. 

¿Se le debe solicitar a la Sala Constitucional que haga un pronunciamiento sobre el TLC antes del referéndum?

No. Dentro del procedimiento que establece la ley de la jurisdicción, el referéndum no es objeto de consulta a la Sala como un control a priori, tal y como normalmente sucede con las otras inactivas legales que después del primer debate se puede hacer la consulta preceptiva. Así que en este caso no habría esa consulta por no tratarse de ordinaria, sino que se trata de una consulta al pueblo. Una vez aprobado el tratado vía referéndum a posteriori, siempre cabe la opción de una acción de inconstitucionalidad.   

¿Cuál es el mensaje que envía el gobierno al pueblo al solicitar la convocatoria a un referéndum?

Le da la posibilidad a la ciudadanía de que se pronuncie sobre un tema de trascendencia nacional. Esta es una oportunidad extraordinaria, ya que como país damos un paso muy importante para enriquecer y profundizar la democracia a la vez que le gritamos al mundo que seguimos estando a la vanguardia en desarrollo democrático, pues somos el primer país en que un acuerdo comercial es sometido a una consulta popular.  

Costa Rica solitaria

Abril 30, 2007

Por:

Yálani Zamora A.

En la avenida del Cafta, Costa Rica marcha solitaria en sentido opuesto. Sus vecinos centroamericanos observan en silencio, y en Nicaragua a duras penas nos interesamos por los titulares de los medios informativos: ¿Resistirá Costa Rica? No lo sabemos aún, pero para algunos da igual. Con el tratado aprobado, Nicaragua selló su futuro no sin algo de resignación. En nuestro caso el Cafta no generó un debate profundo ni medio profundo, tampoco fue un dispositivo aglutinador de las organizaciones de la sociedad civil, ni se generaron discusiones que trascendieran a las instituciones y altas esferas del poder. ¿Pero qué ocurre en ese país vecino con el que siempre tenemos fantasmas pero al que migran cientos de nicaragüenses y, por tanto, al que estamos irremediablemente unidos? ¿Por qué la resistencia de una sociedad organizada y con clara capacidad de movilización no suscita interés o al menos debate en Nicaragua, siendo que el desenlace afecta a muchas familias de este país? Quizás hay un sentimiento de que “ya nada puede hacerse” y “mañana veremos qué pasa”, muy a tono con la baja autoestima del país y el “éxito” de las políticas de promoción del analfabetismo y el desconocimiento como resultado directo de la nula inversión en la educación. El legado más eficiente en materia de política pública de los últimos tres gobiernos.

Muy distinto, el tema del TLC ha creado en la sociedad tica una polarización nacional que ha paralizado la capacidad de toma de decisiones en algunas esferas. La sociedad entiende la importancia de firmarlo o no, y por eso se resisten. Lo han leído, estudiado y analizado con sus propios anteojos y no con los del poder económico y la clase política, es decir, de manera independiente y honesta. Saben que con él están en juego las mismas bases del modelo de desarrollo que los ha llevado a donde están, y por eso, en palabras del Rector del estatal tecnológico (TEC) y principal organizador de las últimas marchas, se pide el retiro del TLC de la Asamblea, para que se “abra un espacio de diálogo profundo de cómo debe ser el modelo de desarrollo y rechazando agendas de implementación que venden el país”, END, 27 de febrero.

Es muy interesante y alentador que las universidades públicas, ésas a las que muchos nicaragüenses eligen para estudiar, debido a su mejor calidad frente a las nuestras, son quienes están dando la cara en estas marchas. La razón es sencilla: funcionan. En ellas todavía hay académicos intelectualmente honestos, movimientos estudiantiles, administradores comprometidos y espacios de discusión integrados a la realidad social y económica del país. A diferencia de Nicaragua, el cuerpo universitario tico asume su rol social y científico frente a la comunidad y es activo. Por eso, nuestro vecino ha logrado construir una clase media educada y socialmente conectada e identificada con el país, como ha quedado demostrado con el tema del TLC. Esto ha provocado la censura política feroz y represiva del poder, que ha girado su artillería contra los dirigentes sociales y, sobre todo, estudiantes. Según una carta hecha pública por el Movimiento Estudiantil Alternativo y después por la Comisión Nacional de Enlace, “la criminalización de la protesta social, la represión policíaca, la descalificación, el arresto y el juicio a dirigentes sociales y organizaciones, incluyendo a sacerdotes que apoyan nuestra causa, es un signo evidente de violencia política del sistema que quiere por todos los medios acallar la protesta”, argenpress, 27 de febrero. La violencia verbal y la intimidación son siempre las mismas: la sociedad civil cuando se opone es agitadora, comunista, izquierdista trasnochadora, terrorista antidemocrática, manipulada, ignorante, irracional. Y la juventud es sinónimo de criminales cuando está contra el TLC en la campaña parcializada de los medios de comunicación en concubinato con el gobierno para crear un clima de confrontación y de inseguridad, y mostrar una cara agresiva en lugar del carácter cívico de las protestas.

¿Por qué los estudiantes universitarios, sindicatos, académicos prestigiosos, campesinos, ambientalistas, intelectuales, diputados y hasta ex presidentes y ex candidatos marchan contra el TLC? Tres razones: en Costa Rica hay un Estado que provee servicios públicos de gran cobertura y aplica políticas e instituciones para la inversión pública y distribución de la riqueza. Segundo, esto ha permitido el desarrollo de una gran clase media (a diferencia del resto de C.A), con mejor calidad de vida, movilidad y equidad social. Tercero, esta clase media está hoy golpeada económicamente debido a que los mecanismos de solidaridad se han debilitado con la apertura, la pobreza está aumentando y esto causa preocupación y alerta. El TLC es percibido como un tratado que beneficia a una minoría en detrimento de la mayoría. Por eso no se consulta con la sociedad, se impone. Como dijo un político, “preguntarle a la gente es peligroso, pues podría decir que no”.

¿Resistirá Costa Rica solitaria? Desde Nicaragua y demás países centroamericanos la resistencia de la sociedad civil costarricense la observemos lejana. Pero es muy importante por las cosas en juego, más allá del resultado final. Las protestas contra el TLC le dejan al país una firme noción de colectividad, capacidad de movilización y reivindicación de las calles, síntomas sanos de una democracia. Pero, sobre todo, es un firme recordatorio de que la democracia como sistema (o cualquier otro régimen) no otorga derechos, éstos son productos de luchas sociales y hay que salir por ellos.

Comentario publicado en el periódico El Nuevo Diario de Nicaragua

Mi razón

Abril 30, 2007

Estoy relacionado con el medio productivo, estoy relacionado con el costarricense que trabaja y que necesita apoyo.  Estoy relacionado con el sector exportador y con los pequeños y medianos empresarios también.  Cuando acepté el trabajo, acepté con el cambios; cambios drásticos, cambios personales, cambios íntelectuales.  Acepté modificaciones en mi forma de vida y acepté retos.

Hoy no creo estar más cerca de mi cuspide profesional, como en otra época de mi vida y la creación de este espacio es otro reto que espero poder llevar a un buen punto.

Intentaré recopilar información que sea útil a mi trabajo, a mis colegas, al exportador, al pequeño o mediano empresario, al ciudadano que desee saber más, a aquel que quiera tener una idea concreta y personal, sin que sea necesario que le cuenten las cosas para poder tomar un bando.

No pretendo convencer a nadie de una pocisión porque yo mismo no la tengo, así que, de lo único que quiero ser culpable, es de ofrecer información que refuerce sus ideas, las mías y del que lo necesite.

Bienvenido tu aporte.